Licencia de vacaciones
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No existe una definición legal de "procedimiento administrativo", pero cualquier serie de actos a través de los cuales se realiza una actividad administrativa debe tener esta consideración. La gestión de personal por una administración es sin duda actividad administrativa, por lo que a estos procedimientos les es de aplicación la Ley 30/1992. En particular, y respecto del procedimiento para la concesión de vacaciones, resulta aplicable su art. 54, que exige la motivación los actos dictados en ejercicio de potestades discrecionales. Cosa distinta es que la normativa reguladora del régimen de actuación de la administración para la que trabaja exija o no una forma concreta (v.g. escrita) para la resolución de ese procedimiento.
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