Liquidacion sociedad gananciales
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Abogado de Vivienda Málaga Ferrary Abogados
Abogado de Málaga especializado en Derecho Laboral
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Si el régimen económico del matrimonio es el de gananciales, todo lo que se adquiera durante el matrimonio y que no provenga de herencia, legado o donación a favor de uno de los cónyuges pertenece a la la sociedad de gananciales y por tanto es común de ambos cónyuges, también la administración de lotería .
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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ABOGADO HERENCIAS JAEN - JESUS NAVARRO RUEDA
Abogado de Jaén especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
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Todos los bienes adquiridos durante el matrimonio, asi como las deudas del mismo son gananciales. Se excluyen lso bienes adquiridos por herencia o donación, legado, que son privativos.
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