Llamamiento a trabajadores fijos-discontinuos
Buenas tardes,
El llamamiento deben hacerlo en fechas similares a las que la llaman habitualmente, debe ser por escrito e indicando el día en que deberá incorporarse al trabajo, debiendo mediar entre la comunicación y la fecha de incorporación al menos de 48 horas en caso de trabajadores con periodo de permanencia garantizado y de 7 días naturales con el resto.
Si desea realizar alguna otra consulta puede ponerse en contacto conmigo.
Un saludo,
M.Antonia Martorell
La regulación del llamamiento a los fijos discontinuos en el Convenio de Hostelería viene regualda en funcion de los llamamientos de años anteriores y el orden por antiguedad. Tenga en cuenta que en caso de que no le llamen al incio de la temporada puede suponer un despido lo que supone que tiene un plazo de caducidad de 20 días para impugnarlo.
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