Lucro cesante aluminosis
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Contestado
Hola buenas tardes
Estrictamente tiene derecho a una indemnización por el tiempo que duren las obras, aunque la indemnización no es la quiera, sino la que se deba y se obtenga de sus libros de comercio y contabilidad oficial. Mi consejo seria remitir un requerimiento para que justifique estrictamente lo que pide y en caso contrario la comunidad puede y debe negarse a entregar cantidad alguna.
Si desean visita sin coste ni compromiso estoy a su disposición.
Ignacio Tomas
Abogado
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