Manutencion de los hijos
ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE
Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia
En estos casos, lo idóneo es alcanzar un acuerdo en cuanto a quien asume cada cosa y en qué porcentaje. De no ser así, legalmente, usted está obligado a asumir los gastos de alimentación de sus hijos menores de edad, e incluso mayores, siempre y cuando la economía de los mismos no les permita asumirlos por sí solos. En cuanto a los gastos de hipoteca, deberían pagarse, legalmente y a falta de otro acuerdo, en proporción a las cuotas de propiedad de la vivienda. Por último, los gastos de supermercado y otros necesarios para vivir, deben asumirlos en común si todos disponen de medios para hacerlo, pues usted está obligado a pagar lo necesario para sus hijos, pero ellos deben contribuir en proporción a sus posibilidades: creo que lo idóneo sería por terceras partes.