Me echan del piso, ¿que medidas puedo tomar?

Buenos días.

Vivo en un piso compartido (desde hace un año) y mi compañero me quiere echar. Él tiene el piso de alquiler a su nombre y yo no tengo ningún contrato vinculante por escrito (lo que le favorece de cara a hacienda), únicamente el pago mensual de la habitación que le mando por transferencia bancaria. Él ha traído a su pareja, que tampoco sé si la ha incluido en el contrato, y me han dado 15 días para abandonar el piso. Ahora, navegando por la red, he encontrado anuncios donde ponían en alquiler mi habitación cuando yo me iba unos días fuera, de vacaciones, sin yo saber nada, ¡con todas mis cosas en la habitación! Me gustaría saber qué medidas legales puedo tomar, qué puedo hacer. Mi sensación o realidad es que al haber vivido en el piso durante todo este tiempo, si ahora denuncio, yo tampoco voy a salir muy bien parado. Aunque si él sale tan mal parado como yo, puede merecer la pena.

Muchas gracias.

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Ballesteros & Ruiz Abogados

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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En relación a su consulta, le comentamos que al no tener un contrato escrito que marque un inicio y un final del arrendamiento, este, según lo que establece el Código Civil, se va prorrogando mes a mes a medida que se va pagando la renta. La manera de no prorrogar más este contrato es justamente lo que ha hecho el arrendador de la habitación, darle un preaviso de 15 días, con lo cual entendemos que no cabría reclamación.
Es bueno recomendarle que para otras ocasiones es importante formalizar un contrato de alquiler parcial de vivienda o de habitación, el cual establezca una duración.
En Ballesteros & Ruiz Abogados, somos especialistas en derecho de la vivienda, por lo que si tiene alguna duda o quiere formalizar un arrendamiento futuro le invitamos a que nos concierte una cita.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO HERENCIAS BARCELONA CASTELLANOBOLADERAS (CB) advocats
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Buenas tardes:
La situación que plantea es la de un contrato de subarriendo parcial de vivienda. Si usted no se quiere marchar de la vivienda, él no puede usar la fuerza para impedirle que usted siga usando sus dependencias. En todo caso si no llegan a un acuerdo amistoso, su compañero tiltular del contrato de arredamiento siempre tendrá que presentar una demanda ante los Juzgados.
Si el propietario arrendador de la vivienda no ha dado su consentimiento siempre podrá presentar una demanda ante los Juzgados para la resolución del contrato y todos sus ocupantes serán lanzados de la vivienda.
Lluis Castellano, advocat, de CASTELLANOBOLADERAS (CB) advocats

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Abogado Tarjetas Revolving Barcelona NIETO & SANZ ABOGADOS
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Buenas tardes,

Vd hizo un contrato verbal con su compañero que le generó unos derechos, el problema es la falta de prueba de que Vd no se fue voluntariamente. Hay varias alternativas, pedir daños y perjuicios por resolución contractual o avisar al propietario de un subarriendo inconsentido, habría que estudiar el tema para poder concretar más. Contacte con nosotros, le asesoraremos convenientemente.Saludos, Rosa Nieto, Abogado, de NIETO&SANZ, Abogados asociados.

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Abogado Divorcios Hospitalet AG abogados
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Buenos días, el contrato verbal es perfectamente válido, si lo desea podemos asesorarle personalmente en una primera visita gratuita. Nos mantenemos a su disposición si precisa. www.agabogados.cat

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