¿Qué me puede ocurrir por una falta de lesiones imprudente?
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Mejor respuesta según autor
Buenas tardes,
Si se acaba celebrando el juicio de faltas y resulta condenada por una falta de imprudencia, se enfrentaría a una pena de multa (lo normal de 30 a 70 €) y a una poco improbable pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor por tiempo de tres meses a un año (que lo dudo mucho).
No obstante el pago de la indemnización lo abonaría su compañía con lo que no se debe de preocupar.
Saludos cordiales
Abogado Accidentes Leganés - Abomedia Asesores
Abogado de Leganés especializado en Responsabilidad Civil
En caso de que sea declarado culpable de una falta de lesiones por imprudencia (no toda imprudencia es susceptible de ser reprochada penalmente) será penado con una multa, normalmente baja de 20 a 90 Euros. En caso de existir compañía aseguradora ésta será la responsable civil solidaria y deberá indemnizar las lesiones que quedaren acreditadas en el informe forense y el resto de cantidades indemnizatorias a las que tengan derecho los perjudicados por el siniestro: daños materiales, lucro cesante, daño emergente e incluso a terceros perjudicados. En caso de que no existiera seguro será el Consorcio de Compensación de Seguros quien abonará dichas cantidades y posteriormente repetirá contra el causante y el propietario del vehículo.
Un cordial saludo
Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
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Buenas tardes.
Al tratarse de un juicio de faltas, todo debe quedar en una sanción leve.
Habría que saber si usted tiene asegurado el coche, y cual es el contenido del atestado del accidente, para poder calibrar las consecuencias, ya que todo,lo que le podamos decir sin conocer el atestado, serian elucubraciones.
Mi consejo es que contrate a un abogado, salvo que ya les vaya a representar el abogado de la compañía de seguros.
Para cualquier aclaración estamos a su disposición en el despacho.
Un cordial saludo
Abogados Getafe - Tecnoderecho Asesores
Abogado de Getafe especializado en Derecho de Familia
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1 voto útil
La falta de lesiones imprudente se tramita mediante un juicio de faltas, que es un trámite sencillo. Al ser imprudentes seguramente la sanción va a ser muy leve, por lo que con el abogado de la compañia de seguros le bastará para defenderse. No se preocupe.
Un saludo
Despacho Jurídico Concepción Núñez
Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común
Buenas tardes, lo que sucederá es que su compañía tendrá que pagar los daños ocasionados a los vehículo e indemnizar las lesiones que se hayan producido, si hubo culpabilidad suya posteriormente su compañía puede repetir contra usted las cantidades que haya tenido que abonar, repetirían contra el propietario del vehículo, su pareja, al que han citado como responsable civil subsidiario. Quedo a su disposición, un saludo.
Concepción Núñez
DESPACHO JURÍDICO CONCEPCIÓN NÚÑEZ
CASTRO & DEL POZO - ABOGADOS
Abogado de Alcalá de Henares especializado en Derecho Penal Común
Al ser una falta la sanción es mínima. No obstante si lo desea puede ponerse en contacto con nosotros y le informaremos de los pasos a seguir.