¿Me puede pedir mas pensión de alimentos?

Buenos dias!!
Mi preguntas es la siguiente. La audiencia provincial de guipuzcoa me ha revocado la custodia compartida por tema de distancia entre pueblos , pero me ha dejado para pasar a mis hijas una pensión muy baja. Es posible que mi expareja recurra al tribunal supremo para que le pase mas pensión o al no pedirlo en el recurso a la audiencia se quedara la pensión estipulada por la misma. en resumen , puede recurrir al tribunal supremo que le pase mas dinero?
Saludos y gracias!!

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO DIVORCIOS ERRENTERIA Sofia Elduayen Múgica
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En principio sería necesario ver en qué términos se planteó la demanda, así como el Recurso de Apelación. Si el Recurso de Apelación no fue dirigido contra el pronunciamiento de la primera instancia en relación a las pensiones alimenticias, significa que la contraria se conformó con lo señalado en la primera instancia, por lo que difícilmente podrá reproducir, en casación, petición alguna al respecto. Lo que sí podría instar una nueva modificación de medidas, solicitando el establecimiento de pensiones alimenticias superiores, siempre que acredite que las circunstancias han cambiado respecto al momento en el que se dictó la sentencia. No obstante, si la parte contraria está conforme con la atribución de la guarda y custodia realizada, y por el gran coste económico que supone un recurso de casación, entiendo que no le va a interesar recurrir.

Saludos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Urbanismo San Sebastián / Donostia - Jesús Rodríguez Pousa y Asociados
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Al Tribunal Supremo no; se referirá usted al Tribunal Superior de Justicia del País vasco, que no es lo mismo. Aclarado esto, efectivamente, su ex puede solicitar modificación de medidas, entre las que puede introducir un aumento de pensiones que esten establecidas en el convenio de divorcio, y añadir otras nuevas. Ahora bien, si no lo ha hecho en el actual procedimiento, sólo lo podrá hacer solicitando el inicio de uno nuevo; porque cuando se hace la demanda decimos que esta se petrifica, en esa demanda solo se puede dar lo que se ha pedido. Si se quiere más, hay que iniciar una nueva demanda. Espero haberle resulto las dudas. Estamos a su disposición para resolverle las que puedan quedarle. Un saludo.

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ABOGADO ACCIDENTE TRAFICO IRUN Daniel Loza Saldias
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Hola,

Es difícil darle una respuesta con garantías sin examinar con detenimiento el escrito de recurso de apelación o impugnación interpuesto.

Saludos

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