¿me pueden bajar la categoría adquirida en otra empresa?
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Estimada amiga, si se trata de una nueva empresa sin vinculación alguna con la anterior, y por tanto de una nueva relación laboral, que no deriva de la anterior, la pueden contratar con la categoría que quieran, y usted decide si acepta o no. Ahora bien, si se trata de un supuesto de sucesión de empresas, por compraventa, traspaso, subrogación, etc., deben respetar su categoría y demás condiciones laborales.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Abogado Tarjetas Revolving Barcelona NIETO & SANZ ABOGADOS
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Bancario
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Buenas
La nueva empresa puede encuadrarte en la categoría de considere atendiendo a las funciones a realizar y formación profesional y experiencia del trabajador.
Ardnrsmente
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