Me pueden embargar 346 euros de una prestación de 527euros?

Ayer fui a retirar mi prestacion por invalidez de 527 euros y me tienen retenido 346 por embargo judicial
Es legal que me retengan esa cantidad tan elevada

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PÉREZ PANIZO ASOCIADOS

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Abogado de Avilés especializado en Derecho Urbanístico

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Buenos días,
Según el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil :"Es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional". El Real Decreto 152/2022 de 22 de febrero ha establecido un Salario Mínimo Interprofesional para 2022 de 1.000 euros mensuales, por tanto no debería embargarse del salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente cuantías que no excedan de 1.000 euros. No obstante, para valorar en mayor detalle su situación no dude en contactar con nosotros. Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Elena Mª González Gómez Abogado Zaragoza

Elena Mª González Gómez Abogado Zaragoza

Abogado de Zaragoza especializado en Derecho Civil

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Si solo cobra esa contusas no. La ley de enjuiciamiento civil establece que el salario mínimo interprofesional es inembargable. Deberá de hacer un escrito al juzgado que le embargue para que le devuelva lo pertinente y hagan bien el embargo.
Yo podría preparárselo si quiere. Puede contactar conmigo en los datos que constan en mi perfil.

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Abogado Tributario Almería Gálvez Abogados
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Como dice la compañera, la Ley de Enjuiciamiento Civil determina unas cantidades coimo inembargables y el importe que usted percibe, resulta inembargable. Puede ponerse en contacto conmigo para facilitarle actuaciones a seguir. Un saludo.

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Advocat Gestor Patrimoni Terrassa MAURI ASSESSORS
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Buenos dias,

Conforme con los compañeros

Saludos

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