¿Me pueden embargar el piso por una deuda con una financiera?

hola,
¿Me pueden quitar un piso por deberle dinero a una financiera la cual no me ha querido refinanciar la deuda?

Estoy casada en separación de bienes y solo tengo el cincuenta por cien de dicha vivienda, pues no tengo nomina, ni cobro ninguna prestación.

Me llevan amargando dos años las empresas de recobros y ya no sé ni qué hacer ni dónde ir.

Un saludo.

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Víctor Zorrero Martínez

Víctor Zorrero Martínez

Abogado de Valencia especializado en Derecho Bancario

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Las entidades, normalmente, imponen la responsabilidad solidaria de los deudores en los contratos de préstamo, lo que quiere decir es que pueden reclamarle toda la deuda a Vd. o su ex-pareja, indistintamente, y en caso de impago, ejecutar la hipoteca contra ambos.

No obstante, casi todos los bancos han suscrito un código de buenas prácticas que les obliga a refinanciar a los clientes que cumplen determinadas condiciones.
Lo mejor es que consulte personalmente a un abogado.

Quedo a su disposición. Un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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MataAbogadosValencia

Abogado de Valencia especializado en Derecho de Familia

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Buenos días,

con independencia que el piso sea el 50% o eo 100% la entidad financiera, una vez terminado la primera parte de la reclamación judicial que le interponga en reclamación de lo que Ud. les adeuda si que podría solicitar el embargo de su 50% e incluso sacarlo a subasta para cobrarse el importe adeudado. Le ruego nos consulte como solucionar su problema en el teléfono de contacto 629952259/magdamata@icav.es.
Muchas gracias. Un saludo

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Abogado Paiporta Soler Abogados

Abogado Paiporta Soler Abogados

Abogado de Paiporta especializado en Derecho de Familia

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Buenos días,

Si la deuda es solo tuya (y no de tu marido) sólo pueden embargar tu parte, es decir el 50% de tu piso y la vivienda seguirá siendo mitad de tu cónyuge.

Puede contactar con nuestro despacho para más información.

Saludos.

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Considero que a través de un procedimiento judicial, la financiera puede instar el embargo del cincuenta por cien de su vivienda.

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