¿Me pueden interrogar varias veces en el acto del juicio?

El otro día fui denunciante en un juicio de faltas, tras exponer los hechos y contestar lo que me preguntó el juez, se dio traslado a las partes y testigos para que se le hicieran preguntas.

Con objeto de las declaraciones surgieron nuevas cuestiones.

La pregunta es: Viendo que a mi solo me escucharon al principio y no tuve oportunidad de contestar a lo que preguntaron a las partes y a los testigos, mi abogado podría haber solicitado que me interrogaran a mi como denunciante de nuevo para que diera mi versión sobre la declaración de los denunciados?

Se ha perdido el juicio por basarse en las testificales de los denunciados, cabe apelación, quedan 3 días. Podría alegarse este asunto y que pudiera declarar en apelación?

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO DIVORCIO MADRID BUFETE LOPEZ ALVAREZ
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Buenas tardes. El procedimiento normal es el interrogatorio de partes (el de Usted como denunciante y el denunciado), y después la prueba (testigos). Usted no tiene derecho de réplica a no ser que el Juez lo hubiera considerado oportuno. Sin embargo, en la apelación Usted podrá argumentar lo que desee en relación al juicio y la prueba, pero será a través de su abogado y en un escrito de recurso. Un saludo

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Debe preguntarlo a su abogado, pues estaba allí y oyó y vio lo sucedido disponiendo de conocimientos técnicos para poder asesorarle al respecto, mejor que nadie. tenga en cuenta que las fases judiciales son puertas que se cierran y no se puede volver atrás, pues en otro caso el proceso no avanzaría. Saludos cordiales.

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Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
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No. Vd declara al principio y después van las pruebas, entre las que están las de los testigos. Su oportunidad de contar lo sucedido ya la tuvo la declarar.

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Advocat Banyoles - Q & B Advocats

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Abogado de Banyoles especializado en Derecho Penal Común

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No puede declarar de nuevo en el acto del juicio siendo denunciante, a no ser que el Juez lo considere oportuno. En apelación no hay vista y no puede declarar.

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CASTRO & DEL POZO - ABOGADOS

CASTRO & DEL POZO - ABOGADOS

Abogado de Alcalá de Henares especializado en Derecho Penal Común

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No, una vez que Ud. ha declarado después no puede volver a declarar a no se que le quiera preguntar el Juez. En apelación tampoco podría volver a declarar.

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