¿Me pueden multar la policía por abandono de heces de mi perro dentro de un solar privado que está lleno de escombros y matas?
Álvaro Ortiz Cascales- Abogado de Divorcios, Arrendamientos y Tráficos.
Abogado de Murcia especializado en Derecho de Familia
La Ordenanza Municipal sobre protección y tenencia de animales de compañía del Ayuntamiento de Cartagena establece que "Las personas que conduzcan perros y otros animales, impedirán que estos, depositen sus deyecciones en las aceras, paseos, jardines, y en general en cualquier lugar dedicado al tránsito de peatones. El responsable del animal, está obligado a recoger y retirar los excrementos,incluso debiendo limpiar la parte de la vía pública que hubiera sido afectada,de manera higiénica aceptable, mediante bolsa, papel, recogedor, etc. y depositarlos en el contenedor mas próximo"
Por tanto, podria considerarse el solar que ud menciona como "lugar de transito de peatones" ya que supongo que no esta vallado si los dueños circulan por alli con sus mascotas.