Mi hermana tiene 4 hijos menores pero la casa es del marido que le dejo sus padre y quiere que se vaya.
Qlegal Abogados - José Ramón Galindo Clares
Abogado de Granada especializado en Derecho Civil
En este caso prevalece el interés más necesitado de protección: los hijos menores y el cónyuge en situación económica más débil. Como con acierto comentan los compañeros: los hijos menores y el progenitor custodio se quedan en la vivienda familiar hasta la mayoría de edad por lo general. Además de la pensión económica alimenticia de los hijos, pude haber derecho a una pensión compensatoria temporal a favor del progenitor más débil económicamente y que haya asumido en exclusiva las labores de casa y el cuidado de los hijos. Si la vivienda es propiedad de los padres de él, ellos viven y figura la vivienda inscrita en el registro de la propiedad a nombre de ellos: los abuelos paternos podrían solicitar el lanzamiento de la vivienda de la madre, padre e hijos en tal caso probablemente. Por todo ello debe acudir a un abogado de derecho de familia. Y no olvide que puede ser usted beneficiaria de asistencia jurídica gratuita. Un cordial saludo.
Abogado daños y perjuicios Albacete LUIS JULIAN SEVILLA RUBIO
Abogado de Albacete especializado en Derecho Civil
Buenos días. Habría que analizar los pormenores del caso, pero en principio, lo que habría que determinar es con quién van a quedar los menores, esto es, establecer un régimen de custodia y visitas: si la custodia se atribuye a la madre, es ella quien se podrá quedar usando la vivienda que ha constituido el domicilio familiar, aunque sea propiedad privativa del padre. Les invito a llamarme por teléfono para realizar una consulta con respuesta más concreta. Saludos
Buenos días. aunque la vivienda sea propiedad del marido, si ha sido domicilio familiar habitual y es atribuida judicialmente a los hijos menores, éstos pueden seguir disfrutándola junto con su madre si es ella la titular de la guarda y custodia de los menores. Saludos.