Mi hija ya es mayor de edad.
Hola
Usted puede reclamar los alimentos no recibidos, ya que era a usted a quien debían pagárselos. Siento disentir de los mensajes anteriores: en Catalunya puede reclamar los últimos tres años, siempre a partir del momento en que se presente la reclamación.
Hay que dar por supuesto que existe una sentencia que fija la obligación de pagar alimentos, ya fuera como resultado de un procedimiento contencioso, ya fuera de común acuerdo.
Nuestro teléfono es el 2380066!!!!! con el prefijo 93
Buenos días,
Tendrá que ser usted quien los reclame, ya que usted es la beneficiaria de esa pensión.
Los alimentos puede reclamar los últimos 5 años.
Puede contactar con nuestro despacho a través de ramon@rfabogados.es y le informaremos de los pasos a seguir.
Un cordial saludo
Buenos días,
Los alimentos sólo pueden reclamarse hasta atrasos de un año.
Un cordial saludo
Ignacio Tomás
Abogado
itomas@dorigaportabella.com