Mi hijo de 15 años me hace imposible la vida ¿Cómo puedo renunciar a su custodia?

Yo tengo la custodia de mis tres hijos pero el de 15 años me hace imposible la vida ¿Cómo puedo renunciar a su custodia?
¿Es posible internarle en un centro?

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Civil y Administrativo en Madrid Miguel García Jiménez
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Si su hijo se considera ya suficientemente adulto para llevar la contraria a su padre en todo, lo más aconsejable para usted, que ostenta la custodia de su hijo, es permitir que su hijo se emancipe.

La emancipación implica la adquisición por un menor de la capacidad para gobernar la propia persona y sus bienes en la forma que cada uno considere más conveniente para sus intereses, con algunas limitaciones en el caso de que el emancipado sea menor de edad.

En el momento de la emancipación se deja de estar sometido a la patria potestad de los padres (o tutores, en su caso). Ellos ya no serán responsables de los actos del hijo emancipado, sino que será él el único responsable de sí mismo, con ciertas salvedades.

En el caso de los mayores de dieciséis años pero menores de dieciocho años, la emancipación permite regir tanto su persona como sus bienes como si fuese mayor de edad, pero necesitará el consentimiento de sus padres o tutores para: pedir préstamos, gravar o vender bienes inmuebles, establecimientos mercantiles o industriales; disponer de bienes de extraordinario valor (como joyas); aceptar por sí mismo una herencia sin beneficio de inventario (ya que no puede disponer libremente de sus bienes); pedir la partición de una herencia, ni repartir con los demás coherederos….

Para que esta concesión tenga lugar es necesario siempre y en todo caso, que el menor de edad tenga cumplidos los dieciséis años y que él preste su consentimiento a ser emancipado.

Por norma general, este tipo de emancipación se concede a través de escritura pública ante notario (que deberá ser inscrita en el Registro Civil) o compareciendo ante el Juez, el menor y sus padres o sus representantes legales.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Extranjería y Penal Pozuelo de Alarcón DPL Abogados
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Buenas tardes: Podría comunicar la situación a la justicia para valorar la situación.
Puede solicitar una modificación de medidas en el procedimiento de familia para solicitar que el padre asuma la custodia....También puede esperar al próximo año y si el menor ( al cumplir 16 años) está de acuerdo pueden firmar una emancipación notarial . Para profundizar sobre el tema la invito a contactarnos por nuestro perfil y hablar por teléfono . Un saludo

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