Mi jefe lleva varios meses sin pagarme.
ABOGADO CIVIL MERCANTIL JAÉN CMSAbogados
Abogado de Andújar especializado en Derecho Laboral
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1 profesionales de acuerdo
Buenos días, en primer lugar debe interponer una reclamación por impago, para dicha reclamación dispone de un año de plazo desde el primer mes impagado, por lo que para no perder el derecho a reclamarla debería interponerla cuanto antes, ya que nos señala que lleva 8 meses. En lo que respecta a su segunda pregunta debe saber que aunque usted este dado de alta solo media jornada trabaja la jornada completa y por tanto tiene derecho a cobrar el sueldo integro, siempre y cuando aporte pruebas como la presentación de testigos que corroboren su situación.
También puede presentar una demanda de conciliación ante el servicio de mediación y arbitraje de su Comunidad Autónoma antes de recurrir a la vía judicial.
ELENA ROMERO RAMIREZ - Hispalaw Abogados
Abogado de Alcalá la Real especializado en Derecho Civil
Estimado consultante,
A pesar de que en su contrato pone que trabaja 4 horas, ¿Cobra 4, o cobra 8? la respuesta a esa pregunta puede cambiar mucho las cosas.
Respecto a la reclamación de cantidad puede hacerlo en cualquier momento siempre y cuando no pase más de un año desde el primer impago (es decir a usted le quedan 4 meses para perder la primera nómina si no la reclama antes).
Mi despacho está situado en Alcalá la Real. Le dejo el enlace de nuestra web por si es de su interés consultar los servicios jurídicos que ofertamos así como los datos de contacto si decidiese encomendarnos su asunto: marianelanunez.wix.com/web-site-hispalaw
Quedamos a su más entera disposición para ampliar cualquier información.
Reciba un cordial saludo.
Elena Romero
Lo más recomendable sería reclamar las cantidades, así como el derecho a estar dado de alta en la Seguridad Social por las horas que trabaja de más, y le pagan en "negro", al margen de la legalidad, o que se consideren horas extra. Valore si le compensa trabajar sin cobrar, o demandar a la empresa por las cantidades, las horas extra y solicitar la extinción del contrato de trabajo, por incumplimiento del empleador, que lleva aparejada el derecho a cobrar una indemnización equivalente a la de un despido improcedente.