Mi vecino roba las cartas
Efectivamente, es delito. Está penado con prisión de uno a cuatro años y multa de 12 a 24 meses ( la multa depende del salario del acusado ), según el art.197.1 del Código Penal.
Puede formular denuncia cualquier vecino o el presidente de la comunidad en nombre de todos, pero tendrá que haber alguna prueba y no sólo sospechas de quién es el que lleva a cabo ese robo de correspondencia, por ejemplo, algún testigo que lo haya visto manipular buzones o coger sobres que no le pertenezcan, pues de no ser asi se conseguirá enfrentar a los vecinos y no se conseguirá nada. Sería aconsejable que el Presidente de la comunidad inserte una "nota" de advertencia en el tablón de la comunidad o sitio visible, para intentar que cese esa actuación.
Abogado Violencia de Género Valencia MIGUEL VILLAGRAN SOLER
Abogado de Valencia especializado en Violencia de género
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ES DELITO
Articulo 173 Se aplica de tres a 180 jornadas de trabajo a favor de la comunidad: al que abre indebidamente una comunicación escrita que no está dirigida a el, y al que indebidamente intercepta una comunicación escrita que no esté dirigida a él, aunque la conserve cerrada y no se imponga de su contenido.
Abogado Violencia de Género Valencia MIGUEL VILLAGRAN SOLER
Abogado de Valencia especializado en Violencia de género
Si es un delito de violacion de la correspondencia.
Articulo 173 Se aplica de tres a 180 jornadas de trabajo a favor de la comunidad: al que abre indebidamente una comunicación escrita que no está dirigida a el, y al que indebidamente intercepta una comunicación escrita que no esté dirigida a él, aunque la conserve cerrada y no se imponga de su contenido.
Efectivamente es un delito, ya que atenta contra su intimidad. Es necesario tener pruebas directas de que se trata de ese vecino en cuestión, como por ejemplo testigos, de lo contrario no tendrían éxito. Además si ha generado algún daño en los buzones, estaría cometiendo también un delito de daños.
ABOGADO DIVORCIO VALENCIA Lola Tormo
Abogado de Valencia especializado en Derecho de Familia
Por supuesto que es delito pero sin pruebas,no se puede hacer nada,en este caso sería dificil de probar porque de no se así es un fracaso el denunciar.
En efecto, Ud. y los demás vecinos pueden denunciar a su convecino por el robo de correspondencia. Ésta es totalmente privada.
Administrador de Fincas Las Palmas - AL Abogados
Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Derecho Civil
Buenas tardes, efectivamente el robo de la correspondencia es un delito contra la intimidad, previsto en el art 197 del Código penal.