Modificación de contrato laboral
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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
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Contestado
hace 11 años
Hasta el 12 de febrero de 2012 corresponden en despido improcedente 45 días por año trabajado con un máximo de 42 mensualidades, y a partir de esa fecha 33, con un máximo de 24 mensualidades. Si el despido es procedente, entonces serán 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
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