Modificación de medidas-custodia

Mi ex mujer tiene la custodia de mi hijo de 16 años.
El ha decidido la semana pasada venir a vivir conmigo. ¿Debo de evidenciar este hecho en el juzgado de guardia al objeto de no tener que pasar la pensión compensatoria desde esta fecha, además de de hacer una demanda de modificación de medidas?

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Abogado agresiones Bilbao Vigiola Abogadas
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Buenas tardes,

Todo cambio de circunstancias que se tuvieron en cuenta a la hora de dictar la sentencia de divorcio ha de comunicarla al juez si bien dicha comunicación no tiene efectos de entender modificadas las medidas automáticamente, siguen vigentes las que establece la sentencia hasta que no se plantee la oportuna modificación de medidas.
En su caso en particular, debe instar modificación de las medidas urgentemente para que deje de pasar la pensión de alimentos correspondientes y el juez apruebe que usted ostente la guarda y custodia del menor, al que se le oirá por el juez y se le examinará por el equipo psicosocial del juzgado.
Para más información y presupuesto detallado, no dude en solicitar cita gratuita en nuestro especialista en derecho de familia y ubicado en el centro de Bilbao.
Un saludo.
Oihana Vigiola Bilbao
Abogada.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
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Lo que debe hacer es con la mayor urgencia solicitar una modificación de medidas para que se le confiera la guarda y custodia y la supresión de su obligación de pagar la pensión alimenticia. Por ello le aconsejo que lo ponga en manos de un abogado lo antes posible.
Lo que sí puede hacer de cara a acreditar el momento en que su hijo pasa a vivir con usted, es dirigir una carta certificada a su exmujer señalándole que su hijo pasa a vivir con usted y que por ello se procederá a modificar la medida, pudiéndolo hacer de manera amistosa.

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Coincido con mis compañeros, es necesario que solicite cuanto antes la modificación de las medidas, bien de mutuo acuerdo con su ex mujer, bien de forma contenciosa, pues de otro modo viene obligado a cumplir con las vigentes en la actualidad.

Quedamos a su disposición, en nuestro perfil tiene datos de contacto, saludos cordiales.

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Abogado Extranjería Bilbao - Edurne González Alonso Abogada
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La única manera de dejar de estar obligado a pasar la pensión de alimentos es que lo dictamine un juez. En su caso, debe solicitar una modificación de medidas con carácter urgente para evitar mayores problemas con la madre de su hijo.

Un saludo.

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