Modificación unilateral (sin vencimiento del mismo) contrato gestión arrendamiento de vivienda

Tengo alquilada una vivienda a través de un gestor inmobiliario, ellos gestionan el alquiler completamente puesto que vivo a 1000 kms de dicha vivienda.
En el contrato firmado en su día existe una clausula DE GARANTIA DE COBRO DE RENTA de al menos 12 meses.
Este contrato se renueva anualmente y cumple en Julio de este año.

Me acaban de enviar un email en donde:

- dejan en suspenso temporal la cobertura por impago de rentas
- de no aceptar debo notificarlo por escrito en un plazo no superior a 5 días a partir de hoy

¿Pueden unilateralmente modificar el contrato?
¿Pueden cancelar el contrato de gestión si no acepto?
¿Que hago?

Muchas gracias.

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JAVIER L. VALERO BERMEJO - ABOGADO

JAVIER L. VALERO BERMEJO - ABOGADO

Abogado de Zaragoza especializado en Derecho Civil

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Buenos días. No, no pueden de forma unilateral dejar en suspenso una de las cláusulas del contrato sin una causa justa. Evidentemente debe notificar su disconformidad con dicha suspensión unilateral, siempre que ud. se encuentre al corriente de sus obligaciones contractuales con dicha inmobiliaria que es de suponer que así es.
En cuanto a la cancelación del contrato, como en todos los contratos se habrá pactado un plazo de preaviso para que cualquiera de las partes pueda rescindir o denunciar el contrato sin dar motivo alguno. En principio su no aceptación respecto a la suspensión unilateral de la cobertura por impago no parece motivo suficiente para rescindir el contrato.
Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Cádiz - MYA MULTIGESTIÓN Y ABOGADOS
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Buenos días, debe notificar la disconformidad con la suspensión unilateral y eso no es motivo para que se rescinda el contrato.

Un saludo

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