Multa alcoholemia 0,31
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Efectivamente, la aseguradora del vehículo debe responder frente a los perjudicados, sea cual fuere las circunstancias., sin perjuicio del derecho de repetición que pudiera asistirle frente al causante, en fun ción de lo pactado en la póliza. Al tratarse de una sanción administrativa, no es normal que transcienda a otro ámbito, salvo que se haya realizado atestado policial en que conste esta circunstancia, en cuyo caso la aseguradora tendrá acceso al mismo. Solicite información a este respecto en la policía que ha intervenido. En cuanto a una posible acción de repetcición frente a Vd. por lo quwe abone la aseguiradora, ha de ser estudiada la póliza con detalle, pues deben de cumplirse determinados criterios al tratarse de una cláusula limitativa. Espero haber sido útil, saludos cordiales.
Comparto lo expuesto por el compañero Julio Planell, aunque muy probablemente el seguro se querrá desentender al dar usted positivo en la prueba de alcoholemia, no obstante mire las condiciones particulares y generales de su póliza al respecto.
Si tiene cualquier duda o quiere hacer cualquier consulta al respecto puede contactar conmigo a través de mi perfil en este portal.
Saludos.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Lo primero que tiene que hacer es dar parte a su seguro, en el plazo de 7 días, y, previamente, mire sus condiciones particulares y generales de la póliza de su seguro, para ver todo lo que le entra.