Multa por beber en vía pública Madrid
Abogado arrendamientos Madrid - Cristina Amor Barrado
Abogado de Leganés especializado en Derecho de Familia
Buenos días, usted ya ha perdido el descuento de la multa puesto que ya ha recurrido.
En el plazo de 10 días hábiles, desde el levantamiento del acta, podrá:
Efectuar las alegaciones que estime oportunas en defensa de sus intereses, presentando pruebas válidas en derecho que desvirtúen el hecho imputado.
Reconocer explícitamente la responsabilidad por los hechos imputados, aplicándose la reducción del 40% del importe inicial, siendo los importes reducidos
Mayores de edad: 360 euros.
Menores de edad: 300 euros.
Entiendo que en sus alegaciones no ha admitido la responsabilidad y, por lo tanto, ha perdido esa reducción de la multa.
En estos momentos lo que se puede hacer es un escrito ante el Ayuntamiento de Madrid o en cualquier delegación que marque el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Quedamos a su disposición. Reciba un saludo cordial.
Abogado Administrativo Madrid - Diego Écija Villén
Abogado de Madrid especializado en Derecho Administrativo
Buenos días, al haber realizado el escrito de alegaciones, ya no le realizan el descuento, por lo que le cobrarán el importe íntegro de la sanción. Si transcurren más de seis meses en dictar la resolución se produciría la caducidad del procedimiento, con lo que la resoluciíon sería nula, más dicha caducidad del procedimiento tendría que alegarla en el recurso de reposición.
Espero haberle sido de ayuda.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Los descuentos en las multas, cuando se recurren suelen perderse, salvo que el recurso se gane, no obstante hay que estar a lo que dispongan la ordenanza que regule la prohibición de beber en vía pública.