Multa por botellón en el centro de madrid
Hola, en cuanto a la caducidad y/o prescripción de la multa, me temo que no tienes nada que hacer porque esta notificada en plazo y si recurres el procedimiento está en marcha y por lo tanto los plazos se suspenden.
En cuanto a presentar el recurso, en principio puedes alegar lo mismo que has contado aquí y cruzar los dedos para que entiendan que no hay base suficiente para sustentar tu sanción, aunque entiendo que lo normal es que la adminsitración se ratifique en la sanción (es lo habitual) y entonces tengas que acudir a un procedimiento contencioso y te saldrá más caro el collar que el perro.
En definitiva y salvo mejor criterio de cualquier otro compañero, entiendo que lo mejor es que si no tienes nomina o cualquier otro bien a tu nombre, susceptible de embargo, como cuentas bancarias etc..., lo mejor es que lo dejes estar y ellos tendrán que iniciar procedimiento de apremio (donde intentarán embargarte los bienes suficientes para cubrir la deuda mas intereses moratorios y recargos) para lo cual tienen un plazo de cuatro años, si en esos cuatro años no hacen nada la sanción caduca.
Pero claro, tienes que correr el riesgo porque si hacen los pasos oportunos dentro del plazo todo sigue adelante.
Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
Habría que ver cuáles son los motivos que se dan para la imposición de la sanción. En su caso, si es el de consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública tiene motivos para recurrir, aunque si le rechazan el recurso tendría que interponer a su vez un recurso contencioso-administrativo con lo que el problema puede estar en si le merece la pena ir tan lejos. Respecto a la segunda cuestión probablemente se refiere Vd. al plazo para resolver porque la prescripción de las faltas leves es de un año según el art. 58.1 de la Ley de la Comunidad de Madrid 5/2002 de 27 de junio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos, que es la que le habrán aplicado en su caso.
INMACULADA CEA MARCED
Abogado de Chiclana de la Frontera especializado en Derecho Urbanístico
Hola. No es como piensas. Si ya te han resuelto el hecho de que recurras podra hacer que lo consideren pero bajo ningun concepto se anularia como tu dices si no responden. Lo normal es que pidas prueba testifical de quienes te acompañaban. Espero que tengas suerte. Un saludo. Inma Cea Marced
Totalmente de acuerdo con el compañero.