Multa por botellón en el centro de madrid

Buenas tardes,

Sobre finales de abril de este año (2014) me encontraba en una calle céntrica de Madrid con unos amigos, varios de los cuales habían comprado alcohol (Vino Don Simón), y de pronto aparecieron dos policías de paisano pidiéndonos la documentación para multarnos.
Yo en ese momento no había bebido nada de alcohol, es más, estaba hablando por el móvil con mi novia y no estaba prestando atención a mis amigos ya que estaba un poco apartado de ellos para hablar más tranquilamente. Ni siquiera tenía un vaso en la mano y me acabaron multando.
Los agentes nos dijeron que haciendo trabajos sociales podría dar la multa como pagada pero luego nos informamos y esos trabajos los quitaron hace dos años.
No acepté ni por asomo el hecho de pagar la multa con la reducción del importe porque no la veía para nada justa. Hoy (26/6/2014) me ha llegado la notificación de la multa, que además, soy estudiante y no resido en Madrid, sino en Algeciras (Cádiz). Mi pregunta es, ¿hay alguna forma de que me quiten la multa? Sé que ahora puedo recurrir gratis por ser la primera vez pero no sé qué alegar exactamente. Y, ¿Si recurro aunque no gane, pasando los tres meses (o sea, sería sobre finales de julio) por ser una infracción leve la multa se anula por sí misma, verdad?

Gracias por atenderme.

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Abogado Accidentes Cádiz - JOSÉ ANTONIO VÁZQUEZ SÁNCHEZ
Contestado

Hola, en cuanto a la caducidad y/o prescripción de la multa, me temo que no tienes nada que hacer porque esta notificada en plazo y si recurres el procedimiento está en marcha y por lo tanto los plazos se suspenden.

En cuanto a presentar el recurso, en principio puedes alegar lo mismo que has contado aquí y cruzar los dedos para que entiendan que no hay base suficiente para sustentar tu sanción, aunque entiendo que lo normal es que la adminsitración se ratifique en la sanción (es lo habitual) y entonces tengas que acudir a un procedimiento contencioso y te saldrá más caro el collar que el perro.

En definitiva y salvo mejor criterio de cualquier otro compañero, entiendo que lo mejor es que si no tienes nomina o cualquier otro bien a tu nombre, susceptible de embargo, como cuentas bancarias etc..., lo mejor es que lo dejes estar y ellos tendrán que iniciar procedimiento de apremio (donde intentarán embargarte los bienes suficientes para cubrir la deuda mas intereses moratorios y recargos) para lo cual tienen un plazo de cuatro años, si en esos cuatro años no hacen nada la sanción caduca.

Pero claro, tienes que correr el riesgo porque si hacen los pasos oportunos dentro del plazo todo sigue adelante.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Contestado

Habría que ver cuáles son los motivos que se dan para la imposición de la sanción. En su caso, si es el de consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública tiene motivos para recurrir, aunque si le rechazan el recurso tendría que interponer a su vez un recurso contencioso-administrativo con lo que el problema puede estar en si le merece la pena ir tan lejos. Respecto a la segunda cuestión probablemente se refiere Vd. al plazo para resolver porque la prescripción de las faltas leves es de un año según el art. 58.1 de la Ley de la Comunidad de Madrid 5/2002 de 27 de junio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos, que es la que le habrán aplicado en su caso.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
INMACULADA CEA MARCED

INMACULADA CEA MARCED

Abogado de Chiclana de la Frontera especializado en Derecho Urbanístico

VER PERFIL
Contestado

Hola. No es como piensas. Si ya te han resuelto el hecho de que recurras podra hacer que lo consideren pero bajo ningun concepto se anularia como tu dices si no responden. Lo normal es que pidas prueba testifical de quienes te acompañaban. Espero que tengas suerte. Un saludo. Inma Cea Marced

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Estefanía Benítez

Estefanía Benítez

Abogado de Chiclana de la Frontera especializado en Derecho de Familia

VER PERFIL
Contestado

Totalmente de acuerdo con el compañero.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado