Multa por mal aparcamiento: cambio de NIE por DNI

Hola,

Me multaron en octubre del 2013 por mal aparcamiento, en ese momento tenía NIE, y no he pagado la multa.
Ahora, he vendido el coche con el correspondiente cambio de nombre y tengo DNI español, veo en Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA) que figura la multa pero con mi NIE. ¿Me pueden cobrar la multa? Ya que he cambiado los datos y el NIE ya no figura, pero tengo una propiedad a mi nombre que figura el NIE, ¿qué me aconsejáis que haga?

Gracias

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Al parecer la sanción relativa a la multa no ha prescrito, y el cambio de NIE a DNI no modifica la personalidad del presunto infractor, ya que la persona es la mismo, por lo que considero que pueden cobrarle la multa, incluso mediante embargo. Le sugiero que mire su expediente y si la sanción es relativamente alta que pida el fraccionamiento

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ALFONSO PERONA GÓMEZ

Abogado de Barcelona especializado en Derecho de la Circulación

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Las multas tienen una prescripción( plazo para reclamar ) de 4 años, en este plazo la administración puede intentar cobrar, incluso realizando el embargo de una cuenta bancaria, el hecho de cambiar de NIE a DNI, no invalida el seguimiento de la infracción y su cobro. Ya que queda acreditada la titularidad del infractor.
La administración lo que acostumbra a realizar es embargo de cuentas bancarias.
Saludos.

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