Pago de contribuciones atrasadas
Abogado, Gestoría Náutica, Nautiservice Asesoría y Servicios Náuticos S.L.
Abogado de Palma de Mallorca especializado en Derecho Mercantil
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Mejor respuesta según autor
Buenos días,
No queda otro remedio que pagar, pero si la herencia ha sido aceptada, los gastos deben dividirse entre los herederos y si algunos se ven obligados a pagar la parte que corresponde a los demás pueden reclamársela por vía judicial.
Si la herencia todavía no ha sido aceptada, teóricamente la deuda lo es de la masa hereditaria, claro que si, como Vd. dice, la herencia consta únicamente de la vivienda familiar, alguien tendría que hacerse cargo de esos gastos y, en todo caso, reclamarlos posteriormente a los restante herederos.
Por otra parte, si llegan a un acuerdo, por supuesto que el heredero que se niega a pagar puede cederles su parte de la herencia bien a uno de los restantes herederos o a todos en conjunto.
Si necesita Vd. de alguna aclaración ulterior, no dude en ponerse en contacto con nosotros. Confío ne que esta respuesta la haya sido de utilidad.