Multa por tener alcohol pero no beber.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Efectivamente, le darán traslado del expediente a fin de que formule alegaciones, antes de resolver el mismo; en el propioescrito en quese lo comuniquen, le aparecerán los plazos y entidad ante la que puede formular las mismas.
Este tipo de actuaciones tienen la desventaja de que se presume que los agentes, lo que dicen es verdad, por lo que deberá analizar si efectivamente manifiestan en la denuncia que les vieron bebiendo o es una mera deducción, alegando en consecuencia; el recurso, una vez que se produzca la resolución sancionadora, le darán por escrito los plazos y medios de impugnación, pues es obligatorio hacerlo; sería convceniente aportar testigos que anularan la presunción de lo que dicen los agentes.
Puede recurrir al defensor del pueblo, presentando una ueja en su oficina si condsidera que la administración no ha obrado adecuadamente o no ha respetado sus derechos.
Suerte.
Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Tendrá que dirigir el escrito al mismo organismo que figuré en la sanción. El problema es que, aunque en España existe la presunción de inocencia, en cambio se entiende que la denuncia de la policía siempre es cierta. Cuando reciba la sanción debe recurrirla, a ser posible con testigos que hagan constar que no estaban consumiendo alcohol en vía pública, ya que comprarlo no constituye ninguna infracción, siendo mayores de edad.