Multa de velocidad con margen de error mal aplicado

A principios de este año me llegó una multa por exceso de velocidad. La fecha de la supuesta infracción era finales de noviembre del 2014. Un radar móvil tomó una foto de mi vehículo a la velocidad de 67 km/h en una zona con velocidad limitada a 40 km/h. Se me aplicó un margen de error de 5 km/h por lo que la velocidad imputable quedó en 62 km/h y en base a dicha velocidad, se me impuso una sanción de 300 euros y retirada de dos puntos. Hice un recurso alegando que el margen de error no había sido aplicado correctamente ya que para el tipo de radar en cuestión (móvil) y la velocidad máxima de la vía (menos de 100km/h) debería aplicarse un margen de error de 7km/h, por lo que la velocidad imputable debería haber sido 67 menos 7 total 60km/h.
Hoy me ha llegado la resolución en la que se me manda un escrito estándar desestimando mi recurso y sin hacer mención al asunto de los márgenes de error que yo sí mencioné, quedándome sólo la posibilidad de hacer un escrito al director del área correspondiente.
Quisiera saber si estoy en lo cierto en la consideración de los márgenes de error y qué posibilidades tengo de que prospere mi siguiente recurso.
Saludos y gracias.

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Contestado

Buenos días, Según su planteamiento cabe decirle que la DGT en velocidades por debajo de los 100 km/h, dicho error está fijado en 4% para los fijos y 7 para los móviles. Y por encima de los 100, en el 4 y el 7% respectivamente. Aunque siempre hay que tener en cuenta el margen de homologación de cada aparato. Si le parece oportuno y con el fin de ofrecerle un asesoramiento más personalizado, puede concertar una cita con nuestro despacho. Un saludo

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