¿Qué necesito para levantar embargo por pensión de alimentos?

En el 2012 mi madre obtuvo sentencia a nuestro favor reclamándole a mi padre por mis alimentos. Como no pagaba, se le ejecutó mediante un embargo en forma de inscripción sobre su vivienda en propiedad. Porque tampoco tenía nómina para pagar alimentos.
Al cabo de 6 años mi padre quiera pagarme en efectivo para levantar el embargo.
Me pregunto si necesito abogado y procurador.
¿Lo puedo hacer vía notarial?
¿O debemos firmar algo entre hijo y padre y dar por cancelada la deuda e incoar ese documento al juzgado.

Mucho agradecer la información. Gracias.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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En relación con lo que pregunta le precisamos lo siguiente: 1) Si hay un embargo ordenado por un juez, sólo un juez podrá levantar dicho embargo; 2) Por lo tanto, lo recomendable es que se ponga en contacto con el abogado que tramitó el procedimiento judicial que dio lugar al embargo y que siga sus recomendaciones; 3) El pago puede hacerse en el Juzgado o fuera del Juzgado; pero siempre se tendrá que comunicar al Juzgado si el objetivo es que se levante el embargo y siempre es recomendable documentarlo teniendo en cuenta el interés de las dos partes, aunque el deudor sólo tendrá total seguridad de que la operación sirva para lo que quiere si el pago de todo lo que debe (por principal, intereses y costas) lo hace en el Juzgado y solicita luego el levantamiento del embargo y el archivo del procedimiento y para esto necesitará abogado y procurador, pero la seguridad en el resultado se paga; 4) Si desea contactar con nosotros lo puede hacer por teléfono. Trabajamos en toda España y siempre con presupuesto previo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
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Buenas días.
Para levantar el embargo es necesario hacer una comparecencia en el juzgado, mediante escrito presentado procurador y firmado por abogado, haciendo constar que se ha realizado el pago extrajudicialmente, y solicitando el levantamiento del embargo.
Puede acudir al mismo abogado que llevo el divorcio, que tendrá el expediente, o si lo desea puede acudir a mi despacho, donde le prepararemos el escrito, para lo que necesitaría la sentencia y el auto de embargo.
Si desea contar con nuestros servicios póngase en contacto con el despacho.
Un cordial saludo

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ARANZAZU ABOGADOS

ARANZAZU ABOGADOS

Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil

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El pago se lo puede hacer hasta privadamente, redactando una carta de pago, sin embargo, puesto que existe una ejecución, es Usted la que ha de comunicar al Juzgado que se ha pagado, y solicitar que se levanta el embargo, y con la resolución judicial se inscribe en el Registro de la Propiedad la cancelación del embargo. Y sí es necesario abogado y procurador, el mismo que ha llevado la ejecución, salvo que el procedimiento ya esté archivado.

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Buenos días. En su caso se debería elaborar un documento en el cual se exponga que se ha llegado a un acuerdo y que se solicita la paralización del embargo y el archivo del asunto. Ese acuerdo debe ir firmado por ambas partes, en este caso por ambos progenitores, que fueron las partes del pleito. Si le parece oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento puede concertar una cita en mi despacho, donde explicaremos con detalle su caso. Un saludo

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Leocadio Pajares

Abogado de Madrid especializado en Violencia de género

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Mi consejo profesional es que realizan un documento con clausulas muy claras y transparentes.Lo mejor para la redacción de ese documento es con la intervención de abogado y procurador.
Posteriormente presenten ese documento en el Juzgado que trabo el embargo y hagan el ingreso de ese dinero en la cuenta del Juzgado asignada a ese procedimiento, solicitando a la vez el levantamiento del embargo.

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Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
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Si la anotación de embargo se realizó por el Juzgado, una vez satisfecha la deuda por su padre, deben levantar el embargo trabado a través del mismo juzgado que lo realizó. Para más información puede contactar con este despacho y le atenderemos con más precisión. Un cordial saludo.

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