Negativa al pago de liquidación

Llevo año y medio en una empresa como indefinido. Es un bar... soy el único empleado. Estoy a jornada completa... y los jefes ahora decidieron que quieres dos empleados a media jornada en lugar de uno solo (yo) cogí las vacaciones hace unos días y me lo comentaron... les dije que ya arreglaríamos... pero resulta que anduvieron rajando «basura» de mi en mi ausencia... diciendo que no me iban a pagar liquidación... y bla bla bla. Yo tengo pensado ir a trabajar el jueves que me toca... ellos ya dijeron por ahí que yo no volvía, pero yo si voy a ir. Y les terminare pidiendo una rescisión de contrato porque la media jornada no me interesa... y ellos no me pueden obligar. Me corresponderían 20 días de liquidación por año trabajado. ¿Qué hago si no me quieren pagar? Necesito informacion para saber que decirles. Gracias

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Abogado Divorcio Ferrol Luis Insua Meirás
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Usted puede no aceptar el cambio y decidir finalizar la relación laboral, correspondiéndole una indemnización de 20 días por año trabajado, con un máximo de 9 mensualidades, y tendrá derecho a acceder a las ayudas por desempleo.
La empresa, de forma unilateral de ninguna manera le puede imponer que usted acepte, y tiene que ser obligatoriamente pactado voluntariamente entre trabajador y empresario. Si usted no acepta este cambio, no puede ser ni despedido disciplinariamente ni sancionado por este motivo, ni mucho menos obligado a presentar una baja voluntaria.
Si la empresa, a pesar de la prohibición, cambia unilateralmente la jornada parcial a completa o al revés, usted tiene un plazo de 20 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni festivos) para impugnar este cambio

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado divorcio La Coruña - Jose Ramón Baña Caamaño
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Buenos días:

Mi recomendación es que no firme ningún documento. Y en caso de que lo tenga que firmar, escriba "no conforme".

Puede remitirme la documentación al despacho para su estudio y el inicio de la reclamación de las cantidades adeudadas (salarios, vacaciones, horas extras...)

Att.;

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