No he cumplido las jornadas de servicio a la comunidad
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Si no las ha realizado porque no le han llamado a ello desde el correspondiente departamento encargado de su cumplimiento, no ha de temer nada, otra cosa sería que no hubiera acudido al ser convocado, sin causa justificativa. Tenga en cuenta que para el cumplimiento de dicha condena, hay mas penados que trabajos a realizar, lo que genera retrasos. Las peneas menos graves, prescriben a los 5 años, siempre que no haya habido ninguna actividad en dicho plazo. Es importante cumplir cuanto antes, pyues la posibilidad de cancelar antecedentes, comienza a partir del cumplimiento de la pena, lo que también debe tener en cuenta a la hora de actuar. Seguramente el abiogado que le ha defendido en este asunto, puede informarle al resopecto. Espero haber sido útil, un cordial saludo.
Abogado indemnización accidentes tráfico Pamplona - iustrafic.com
Abogado de Pamplona/Iruña especializado en Derecho de la Circulación
Habría que ver la Ejecutoria en detalle, pero si lo que pregunta es el plazo de prescripción de una pena de 22 días de trabajos en beneficio de la comunidad, la respuesta es un año. De todas formas, le aconsejamos que sea un abogado el que compruebe si ha prescrito dicha pena ya que el computo de ese año se ha podido interrumpir y volverse a iniciar.