No pagar la cuota de comunidad
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Ley de segunda oportunidad Zaragoza JUAN MANUEL PALACIO MARCO
Abogado de Zaragoza especializado en Responsabilidad Civil
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Contestado
Buenos días
El impago de la parte de gastos de Comunidad va en funcion de quien tiene asignado el inmueble (otra cosa distinta seria el IBI) Respecto del impago de hipoteca la solucion (al igual que lo anterior) , si nosotros hemos asumido el importe integro ,es tan facil como la presentacion de una demanda . Caso contrario nos presentarian a nosotros la demanda (y a su vez contra los avalistas). No se puede obligar a nadie ,pero si se puede solicitar una vez obtenida una sentencia ,en su ejecucion al embargo de los bienes para el pago de la deuda.
Atentamtamente
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