No pago de comunidad

Muy buenas, debo la comunidad desde marzo del 2013 a raíz de mi divorcio. Cada mes voy pagando la cuota pero arrastro lo anterior.
Ahora quieren demandarme. ¿Cómo puedo solucionar la situación? Me ofrezco a trabajos comunitarios pero se niegan, esperando su grata respuesta reciban un saludo.

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Abogado de despidos en Vigo - Fragueiro Asesores & Abogados
  • 1 voto útil
Contestado

La Comunidad podrá demandarte y, por la especialidad del caso, podrán imponerte las costas; esto son los gastos de abogado y procurador en los que hagas incurrir a la Comunidad. Intenta solucionar este tema en la vía extrajudicial, puesto que de lo contrario acumularás más deuda.
Una buena solución sería que, además de pagar las cuotas ordinarias, vayas pagando un poco más para liquidar la deuda pendiente.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado pensión de alimentos Reus - Núria Piqué Folch
  • 1 voto útil
Contestado

Buenos días
Te aconsejo que llegues a un acuerdo de pago con la Comunidad de propietarios con respecto a la deuda acumulada puesto que la comunidad está en su derecho de interponer una demanda judicial para obtener la liquidación total de la deuda en el que incluso y en fase de ejecución se pueden llegar a embargar tus bienes y/o derechos.
La intermediación de un abogada puede facilitar ese acuerdo y paralizar esa posible reclamación judicial.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado propiedad intelectual Santiago de Compostela BERNARDO PENSADO VÁZQUEZ
  • 1 voto útil
Contestado

Al margen de la posibilidad de llegar a un acuerdo con la comunidad, podría acudir a la vía del concurso de acreedores de persona física si no es capaz de atender a los pagos de su vida ordinaria. Para ello, habría que analizar su situación económica.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Premium
Abogado Gastos Bancarios Tarragona JORDI PRAT ALTARRIBA
  • 1 voto útil
Contestado

Sólo le queda la posibilidad de fraccionar el pago o de realizar trabajos para la Comunidad, siempre que ésta esté de acuerdo.
Cordialmente,

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado