No puedo pasar la pensión alimentaria de mi hija ¿qué puedo hacer?
AC ABOGADOS
Abogado de Palencia especializado en Derecho Penal Común
Debe instar un procedimientos de modificación de medidas definitivas respecto a la pensión de alimentos y pensión compensatoria, se pedira que las cuantías sean minoradas por no poder pagarlas, esto hay que acreditarlo.
El párrafo penúltimo del artículo 90 y el inciso último del artículo 91 del Código Civil español, establecen la posibilidad de modificar las medidas de una sentencia anterior, cuando se alteren sustancialmente las circunstancias del obligado.
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En la situación económica que plantea le recomiendo que solicite el beneficio de justicia gratuita para que le asignen abogado de oficio, no sólo para poder iniciar la demanda de modificación, sino para que le asesore frente a la ejecución. En cuanto a las cantidades pendientes y por las que le están ejecutando, tenga en cuenta que cuando se trata de pensiones de alimentos a menores no hay límite de embargo, así que le conviene llegar a algún tipo de acuerdo con el ejecutante.
Debería hacer una modificación de medidas para fijar una cuantia mínima y además valorar si es posible la extinción de la misma, dependiendo de la edad de la hija, posibles ingresos, etc. Necesitaríamos mas datos para aconsejarle lo más adecuado. Consultenos sin compromiso.
En caso de impago podrían presentarle una denuncia penal pero si acredita que no la abona por imposibilidad manifiesta es difícil que sea condenado.
Sergio García Y Asociados
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Bancario
Debe plantear una demanda de modificación de medidas.
Las condiciones han debido cambiar sustancialmente en relación al momento del dictado de la Sentencia de divorcio o ratificación del convenio regulador anterior.
Debe ir asistido de procurador y abogado para plantear la demanda.
Llámenos y podremos asesorarle personalmente.
ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Bancario
Debe solicitar al Juzgado que le modifique la pensión para acomodarla a sus circunstancias económicas, para lo cual habrá de presentar una demanda de modificación de medidas en la cual acredite que han variado sustancialmente las circunstancias que se daban al acordar la pensión hasta ahora vigente.