Pensión de alimentos.

Me separé hace casi cinco años y asumí un pago mensual para cada una de mis dos hijas de 500 euros y durante 2 años 500 euros para mi ex mujer. Además de los gastos extras hasta la mayoría de edad (agosto de 2015) que ya serán al 50%.

He vuelto a contraer matrimonio y tengo una hija pequeña de un año y mis ingresos no aumentan. ¿La matrícula, libros, piso si cambian de ciudad para ir a la universidad... son gastos extras o entran en la pensión?

Desde la mayoría de edad la pensión se abona al hijo pero si es mal estudiante, no busca trabajo o se va a vivir con el novio ¿qué opciones tengo?. ¿Si la madre al no vivir en el domicilio familiar también debe pasar una pensión alimenticia?. Gracias y agradezco cualquier aclaración.

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MONTIEL Y ASOCIADOS

MONTIEL Y ASOCIADOS

Abogado de Rozas de Madrid especializado en Derecho Penal Común

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Contestado

Si sus circunstancias se han alterado sustancialmente, puede pedir la modificación de medidas. Los gastos de libros y matrícula están dentro de los alimentos, no así el cambio de piso. Los jueces vienen manteniendo los alimentos hasta los 26 si el hijo continúa estudiando el curso correspondiente a su edad con aprovechamiento académico, mientras no se haya independizado económicamente. La madre debe contribuir a los alimentos igualmente. Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado