No qiere devolver mi fianza
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Le sugiero que le remita un burofax, dándole un plazo prudencial de 10 días para devolverle la fianza, e indicándole que de lo contrario no tendrá más remedio que acudir a la vía judicial, a través del procedimiento monitorio, para cobrarla. Tenga en cuenta que la fianza solo se puede incautar, en principio, se han hecho daños en el piso por parte del arrendatario o, en su caso, si ha quedado algún mes sin pagar, en otro caso debe devolverse al inquilino..
Buenos días,
El propietario está legalmente obligado a devolver la fianza una vez se acaba el contrato de arrendamiento. Si no lo quiere hacer de modo voluntario debe interponerse un procedimiento sencillo que se llama monitorio en que se le reclama la cantidad. Para ello sólo es necesario que tenga un recibo de la fianza (normalmente el propio contrato de arrendamiento). Si desea una primera visita gratuíta para comentar el caso y resolver sus dudas, estamos a su disposición.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Efectivamente, debe quedar constancia de su reclamación mediante un burofax o mediante un acto de conciliación en el Juzgado a fin de que quede constancia de su reclamación. En caso de no atender a dicho requerimiento, como ya le han indicado mis compañeros, será necesaria su reclamación judicial, pero el burofax o conciliación le servirán de prueba y fecha a partir de la cual puede solicitar intereses de la cantidad adeudada. Espero haber sido útil, saludos cordiales.
Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Buenos días.
Intente reclamarle la devolución de la fianza mediante un burofax para que quede constancia de su solicitud y si no tiene respuesta debe acudir a un abogado de su ciudad para que se lleve a cabo la reclamación.
Un cordial saludo