No se nada de mi hija de 22 años

Hola. Hace varios años que apenas tengo contacto con mi hija, se niega a hablar conmigo y recientemente me ha dicho que no la llame. Supuestamente ha acabado un grado en historia y quisiera saber si puedo pedir una modificación de medidas, dado que mis ingresos son menores (soy funcionario) y ella podría volver a casa de su madre. Igualmente quisiera saber si hay algún modo de "obligarla" a comunicarme si ha acabado la carrera y si es así que va a hacer en el futuro. Un amigo abogado me ha dicho que puedo hacer un requerimiento pero no se muy bien en que consiste y que efectos tiene.
Atentamente J.D.

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Abogado de Ourense especializado en Responsabilidad Civil

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Buenas tardes,

La pensión de alimentos se establece entre las posibilidades del alimentante y las necesidades del alimentista. Efectivamente de lo que se desprende de su mensaje parece viable tramitar una modificación de medidas a fin de reducir la pensión de alimentos que Vd. abona.

En lo que hace a la posibilidades de comunicarse con su hija sentimos comunicarle que únicamente va a depender de la propia voluntad de su hija.

Le invitamos a que solicite cita y acuda al despacho a fin de poder facilitarle más información y estudiar la documentación concordante, siendo la primera consulta para los clientes derivados de lexdir totalmente gratuita.

Aprovechamos la ocasión para saludarle atentamente.

Abogados: Julián Pérez, colegiado nº 1469 ICA Ourense.
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Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Estrado Abogados

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Abogado de Ourense especializado en Responsabilidad Civil

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Buenos días,
Efectivamente, si usted está abonando una pensión de alimentos, y ella ha finalizado los estudios, usted tiene derecho a conocer cuáles son sus gastos reales. Máxime si sus condiciones laborales han variado. Con lo cual, podría pedir una modificación de medidas para reducir o incluso extinguir la pensión que le está abonando.
En cuanto a tener contacto con ella, o retomar de algún modo la relación, es una cuestión estrictamente personal, que no se puede forzar de ninguna forma en la esfera jurídica.
Para todo lo que necesite, no dude en contactarnos.
www.estradoabogados.com

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Antonio Araújo Domínguez

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Abogado de Ourense especializado en Derecho de Familia

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Buenos días. Usted tiene derecho a presentar en el Juzgado una modificación de medidas tanto si su situación económica ha empeorado (siempre que no sea transitoria o temporal) como si ha variado la situación económica, laboral e incluso personal de su hija. Será el Juzgado quien decida sobre esa modificación, no así respecto a la decisión personal de su hija de mantener o no el contacto con usted. Quedo a su disposición por si deseara ampliar la información o si estuviera interesado en contratar mis servicios. Un saludo.

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