No se nada de mi hija de 22 años
Buenas tardes,
La pensión de alimentos se establece entre las posibilidades del alimentante y las necesidades del alimentista. Efectivamente de lo que se desprende de su mensaje parece viable tramitar una modificación de medidas a fin de reducir la pensión de alimentos que Vd. abona.
En lo que hace a la posibilidades de comunicarse con su hija sentimos comunicarle que únicamente va a depender de la propia voluntad de su hija.
Le invitamos a que solicite cita y acuda al despacho a fin de poder facilitarle más información y estudiar la documentación concordante, siendo la primera consulta para los clientes derivados de lexdir totalmente gratuita.
Aprovechamos la ocasión para saludarle atentamente.
Abogados: Julián Pérez, colegiado nº 1469 ICA Ourense.
Estrado abogados
Buenos días,
Efectivamente, si usted está abonando una pensión de alimentos, y ella ha finalizado los estudios, usted tiene derecho a conocer cuáles son sus gastos reales. Máxime si sus condiciones laborales han variado. Con lo cual, podría pedir una modificación de medidas para reducir o incluso extinguir la pensión que le está abonando.
En cuanto a tener contacto con ella, o retomar de algún modo la relación, es una cuestión estrictamente personal, que no se puede forzar de ninguna forma en la esfera jurídica.
Para todo lo que necesite, no dude en contactarnos.
www.estradoabogados.com
Buenos días. Usted tiene derecho a presentar en el Juzgado una modificación de medidas tanto si su situación económica ha empeorado (siempre que no sea transitoria o temporal) como si ha variado la situación económica, laboral e incluso personal de su hija. Será el Juzgado quien decida sobre esa modificación, no así respecto a la decisión personal de su hija de mantener o no el contacto con usted. Quedo a su disposición por si deseara ampliar la información o si estuviera interesado en contratar mis servicios. Un saludo.