Notario omite informacion y ademas no hay ratificacion
Abogado divorcios Santander - Jose Manuel Díaz Hoyos
Abogado de Santander especializado en Derecho Civil
Estimado Sr.
En relación a su consulta:
1.- El notario en la compraventa lo elige el comprador.
2.- Puede pedirse al notario una copia del borrador que se va a firmar, pues además este suele tener pequeños errores (DNI, direcciones, erratas etc.) el notario tiene obligación de facilitárselo, al punto de que si así no lo hiciera Vd. se podría negar a firmar la escritura.
3.- El notario no está obligado a leer pormenorizadamente la escritura. Suele hacer un resumen de lo que se va a firmar y de la trascendencia del acto. En definitiva, el contenido.
4.- El notario manifestó que el “representante de la parte vendedora” era un mandatario verbal, con lo cual no les ocultó información. Puede que en ese momento, con las prisas y demás ustedes no le dieran importancia o se percataran de sus consecuencias.
5.- El notario lo que hace es advertencias generales, y pregunta a las partes si están conformes. Si lo están firman y si no se negarán a firmar.
6.- Dado que es precisa la ratificación por parte del vendedor y este se hace de rogar, le puede requerir fehacientemente (por notario o burofax) concediéndo un plazo prudencial, con advertencia de que si no se ratifica en dicho plazo se deduciría esa pretensión en los tribunales.
7.- No existe ningún plazo para la ratificación fuera de lo que dicte la buena fe o la “diligencia propia de un buen padre de familia”. Pero por lo que usted me facilita, entiendo que ese plazo ha pasado con.
Estas respuestas se formulan según mi leal saber y entender, y a salvo de otras opiniones fundadas en derecho.
Si precisa de cualquier aclaración, no dude en dirigirse a mí de nuevo con las dudas que pueda abrigar.
A la espera de haber satisfecho sus deseos, reciba un saludo,
José M. Díaz Hoyos
Abogado
Carmen Lopez-Rendo Rodriguez. BJ Manzanares&López-Rendo
Abogado de Santander especializado en Derecho de Familia
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Mejor respuesta según autor
Estimado Sr.
La realidad es que tiene un problema con la inscripcion de la vivienda, que debe resolver.
Hay mecanismos para obligarles a que ratifiquen la escritura los vendedores. Conciliacion, requerimiento o acudir a un procedimiento judicial . Debe actuar con prontitud pues si no en el registro no va a figurar a su nombre y puede tener problemas posteriores.
Además de eso tendria que consultar y ver si se dan los requisitos para poder exigir responsabilidad al notario,aunque esto segundo no es facil de acreditar.
quedo a su disposicion para estudiar el asunto, si lo desea. solicite una cita y con toda la documentacion le indicaria como ha de actuar.
Abogado Cádiz - MYA MULTIGESTIÓN Y ABOGADOS
Abogado de Cádiz especializado en Derecho Laboral
Buenos días, contáctenos para solventarle este problema ya que existe poca claridad con la inscripción de la vivienda y puedes obligarles a que ratifiquen dicha escrituras con algunas medidas.
UN SALUDO