Nulidad absoluta contrato
Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Buenas tardes.
Debe ponerse en contacto con un abogado que conteste a al demanda presentada contra usted.
Tenga en cuenta que aunque se trate de una venta simulada, siempre podrán mantener que se ha tratado de una donación, puesto que nuestro código civil nos dice que los contratos son lo que realmente son y no loque se dice que son, por lo que siempre es defendible, aunque también el código civil nos dice que las donaciones tienen que hacerse en escritura pública, por lo que el contrato privado puede carece de validez
Con independencia de ello, en el supuesto de que el contrato sea nulo, siempre cabe la posibilidad de que una vez declarado nulo, se formalice una nueva donación, y esta vez en escritura pública, donación que se debe hacer con cargo al tercio de libre disposición y en su caso al de mejora, y que no será colacionable, con la finalidad de que el día de mañana, sus hermanos no le reclamen que se colacione el inmueble,
Por otro lado tendría que estudiarse si realmente no le interesa mas que se allane a la demanda y de declare nulo el contrato, para después hacer la donación que le he indicado anteriormente, con lo que no entraría en la liquidacion de los gananciales.
Si desea cualquier aclaración pongase en contacto con el despacho, ya que he sido oficial de notaria mas de 40 años y tengo,experiencia en este tipo de asuntos.
Un cordial saludo
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Es necesario analizar la demanda documentos acompañados a la misma y su versión y prueba disponible para poder darle una opinión formada. Dado que la cuantia será el valor del contrato necesitará abogado y procurador, en la resolución que le han remitdo del juzgado así lo establecerá, por lo que debe concertar los servicios profesionales de un abogado a la mayor brevedad. Saludos.
ABOGADO DIVORCIO OVIEDO GONZALEZ LAVIADA ABOGADOS
Abogado de Oviedo especializado en Derecho de Familia
es obligatorio contestar a la demanda con abogado y procurador. Por lo tanto debe usted acudir a un abogado que,viendo todas las peculiaridades del asunto, pueda aconsejarle y contestar a la demanda en tiempo y forma. No lo demore porque desde que usted recibe la demanda tiene 20 días para contestar y en un plazo improrrogable .
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Esta pregunta ya la he contestado.