Oblig. conv. ban sabadell serie iii 5.00 -----

Al fallecer mi padre en 2013 nos dimos cuenta que teníamos el siguiente valor mi hermano yo y mi padre:quinta emision de obligaciones subordinadas realizada en diciembre 2009 por banco gallego, denominada QUINTA EMISION DE OBLIGACIONES SUBORDINADAS y con ISIN ES0213051057. En 2009 mi padre con el banco sabadel tenía en AIAF 40 obligaciones importe nominal 4000 euros, luego en el 2013 mi padre cambió de producto a OBLIGACIONES CONV. BANCO SABADELL SERIE III 5.00, numero de títulos 3.600, en el contrato pone este producto es complejo y se considera no conveniente para mi. También encontré un papel de mi padre firmado que ponía: en ningun caso renunciamos a las acciones oportunas que puedan correspondernos por la colocacion de dichos productos por parte de la entidad en base a la defectuosa informacion sobre las caracteristicas del producto proporcionada por la misma. En ese sentido, se reitera que lo que los titulares quisieron contratar desde un primer momento era un plazo fijo (inversión sin ningun tipo de riesgo y con total liquidez) y dado que es forzosa se ha consumado un fraude sobre fraude. Luego en 2014 nos mandaron una carta que en el periodo de conversion voluntaria si lo desea podra solicitar la conversion en acciones de nueva emision de banco sabadell de la totalidad o una parte de las obligaciones, las acciones que se entreguen tras la conversion con un valor nominal de 0,125 euros . Bueno si alguien me puede exlicar esto todo se lo agradeceria gracias.

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Lopez Sanchez Abogados

Lopez Sanchez Abogados

Abogado de Betanzos especializado en Derecho Civil

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Buenos días,

La situación que comenta ha sido plenamente abordada por los Juzgados en Galicia durante los últimos dos años.

Nuestra recomendación, a la vista de lo que comenta y sin perjuicio de estudiar el caso con más detenimiento es que presente una reclamación judicial en los Juzgados especiales de Preferentes y Subordinadas de A Coruña.

Nuestro despacho ha tramitado más de 40 demandas similares a la suya. Si quiere que le expliquemos su caso con más detenimiento y sus posibilidades, por favor (nuestra primera consulta es gratuita) envienos un correo o contáctenos por teléfono para concretar una cita. Nuestro despacho está sito en Betanzos (A Coruña).

Un saludo y gracias.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
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No es fácil lo que pide, porque ni los propios bancos lo pueden explicar de modo que quede Vd. satisfecho con la respuesta. Las obligaciones subordinadas son productos híbridos (entre títulos valores y depósitos, sin ser ninguna de las dos cosas) que emitieron las entidades o comercializaron de forma irregular, aprovechando resquicios legales. Como no pueden devolver el dinero, dado que está invertido, optan por fórmulas como las que les han propuesto a Vds. para "resarcir" a los clientes en la medida de lo posible. Les sugiero que se pongan en contacto con un compañero para estudiar el caso y ver si es posible algún tipo de acción legal para recuperar la totalidad de lo invertido.

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Debe de acudir a un abogado a fin de que estudie la documentación de que disponga y en base a su análisis responda a sus preguntas o le asesore al respecto, pues sin ello es arriesgado responder a sus preguntas y menos aún explicarle en un medio gratuito y con tan poca información una explicación como la que solicita, por lo que le recomendamos se ponga en contacto con un letrado a tal fin. Espero haber sido útil, saludos cordiales.

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