Obra en parcela copropiedad de cementerio

Buenas noches
Mi padre tiene una parcela en el cementerio municipal bastante grande que fue comprada por mi abuelo ya difunto hace mas de 60 años.
Compró esa parcela a perpetuidad para todos sus herederos, 5 hijos de los que solo viven ahora dos, mi padre y mi tío. La escritura de la parcela del cementerio dice ‘copropiedad a perpetuidad’. En la parcela se hallan enterrados mis dos abuelos y otro miembro hace ya años, los demás buscaron otros sitios. Esta semana el tío que aun vive construyo 3 nichos en vertical en una parte de la parcela SIN consultar con resto de copropietarios, en este caso mi padre que sigue vivo. Mi tío se ampara en que tiene permiso de obra del ayuntamiento aunque no lo haya comunicado a mi padre. En el ayuntamiento el arquitecto municipal me responde que ellos dan permisos de obra si se reúnen los requisitos técnicos nada mas pero NO se meten en temas de propiedad de familias porque eso es ya de un juzgado. Pregunta: ¿Debía mi tío haber pedido autorización al resto de herederos para hacer obra en esa parcela de copropietarios a perpetuidad? ¿Que ocurre si ahora mi padre quiere esa misma parte de la parcela para construir también sus propios nichos? ¿Puede el arquitecto del ayuntamiento decir que ellos solo miran los requisitos técnicos para autorizar una obra sin comprobar que es una copropiedad, es decir, conceder un permiso de obra en este caso sin la autorización del resto de copropietarios?
GRACIAS

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ABOGADO DIVORCIO ELCHE ESTHER BARBUDO VAZQUEZ
Contestado

Buenos días,

La competencia del Ayuntamiento efectivamente es la de conceder las oportunas licencias de obra a aquellos que cumplan con los requisitos técnicos requeridos.
En cuanto a la obra del nicho, primero tendrán que mirar si existe testamento, caso positivo, ver a quien dejó los bienes y en qué proporción, así como para saber la voluntad del testador como quiso distribuir sus bienes en caso de que se pronunciara en dicho sentido.
Para el caso de que existiendo testamento, solo dejara sus bienes a sus herederos por partes iguales, no pronunciándose sobre nada más respecto de la parcela del cementerio o no existiera testamento, entonces la parcela corresponderá por partes iguales a los 5 herederos.
Por tanto, sería conveniente que antes de hacer nada los herederos se pusieran de acuerdo en la distribución de cada parte.
Un cordial saludo,

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado