Obras y derramas en la comunidad
Administrador de Comunidades de Propietarios - QUO VADIS Fincas
Asesoría de Mérida especializado en Derecho de la Vivienda
Usted puede instar en el Juzgado la impugnación del acuerdo siempre que considere que se están cometiendo irregularidades que afectan a sus intereses personales ó a los de la Comunidad.
En cuanto a cambiar el sentido del voto una vez terminada la reunión, redactada el acta y firmada, NO, no es posible.
En cuanto a si la obra es una mejora ó una reparación, deben ustedes tenerlo claro.
Si la obra se va a realizar para corregir patologías en la fachada existente, es una reparación, de obligada ejecución y a costear por todos los propietarios del edificio según su cuota de participación en elementos comunes generales del edificio ó según el reparto aprobado en Junta General..
Si la obra es una mejora no necesaria (la mejora de la envolvente térmica del edificio sí está considerada como mejora necesaria) y se va a realizar sobre un elemento común general del edificio, si esa obra no redunda en una mejora del aislamiento térmico del edificio, sino que se trata de - por ejemplo - cambiar el color de la fachada, el acuerdo debería ser adoptado por UNANIMIDAD de los propietarios.