Oferta vinculante y cláusula suelo
Estoy de acuerdo con mi compañero, teniendo que añadir que, además, en los casos de subrogación y novación no es obigatorio, de acuerdo con la orden de trasparencia de 1994 que en aquel momento estaba en vigor, la firma de la correspondiente oferta vinculante.
Aún así la demanda es viable si existe desproporcionalidad entre suelo y techo o si solo hay suelo.
Además, para el caso de las promotoras hay mucha jurisprudencia indica que les son de aplicación la ley general para la defensa de los consumidores y usuarios por considerar que consumen un producto que utilizan para ofrecer un producto final, como puede ser una vivienda o lo que se edifique sobre el bien sobre el que recae la hipoteca.
Somos expertos en la materia le atenderemos en la persona de Ane Miren Magro.
Ariadna Lenarczyk Der - Abogada
Abogado de Granada especializado en Derecho Civil
Estimado usuario. Desafortunadamente, no estoy de acuerdo con lo dicho por mi compañero. Cuando usted firmó la hipoteca y hasta el 8/12/2007, la oferta vinculante era obligatoria únicamente para hipotecas susciritas para adquirir vivienda habitual con límite de 150.253,03 euros (OM de mayo de 1994, sobre Transparencia de las Condiciones Financieras de los Préstamos Hipotecarios). En este caso cuando sea obligatoria deberá estar firmada por el cliente al menos 3 días antes de la firma de la escritura de la hipoteca. Dado que en su caso no era obligatoria, podrá reclamar la nulidad exclusivamente en base a que no se le informó debidamente sobre la existencia de dicha cláusula (falta de transparencia y claridad por parte del banco). Espero haberle servido de ayuda. Un saludo
Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Urbanístico
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1 profesionales de acuerdo
En efecto, al tratarse de un nuevo contrato hipotecario, debieran haberle comunicado oferta vinculante con, al menos, tres días hábiles de antelación.
Su ausencia puede determinar falta de transparencia de dicha dicha cláusula, según la reciente Sentencia del Tribunal Supremo, y su consiguiente nulidad.
Jesús Villodre
ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Bancario
A lo acertadamente expuesto por mi compañero anterior, indicarle que ayer se ha sabido que dos entidades financieras, Cajamar y BBVA, han decidido dejar sin efecto las cláusulas suelo de sus hipotecas, por lo que si la hipoteca es de alguna de estas entidades, no tendrá que reclamar judicialmente para lograr su eliminación. En los demás casos todavía no se han pronunciado las entidades, por lo que a día de hoy sería necesario reclamar judicialmente para lograrlo. Si fuese este el caso, me pongo a su entera disposición, ya que en la actualidad estoy llevando varios asuntos de este tipo con muy buenos resultados.
Abogado Bancario Santander ROSA JUAREZ ABOGADOS
Abogado de Santander especializado en Derecho Penal
Efectivamente se podría pedir la anulación. Algunos bancos están ofreciendo DOCUMENTOS para quitar calusulas suelos de las hipotecas. OJO AL FIRMAR que NO se renuncie a las cantidades cobradas de mas