¿Opera automáticamente la prescripción de baja y captura en sede policial?
ABOGADO VIOLENCIA DE GENERO GRANOLLERS Silvia Catot
Abogado de Granollers especializado en Derecho Penal Común
Buenos días.
Como bien le dice el compañero, lo mejor es que se dirija a su abogado que le podrá facilitar la información adecuada a su caso. Respecto de la orden búsqueda y captura la debe dar de baja el propio juzgado que la acordó.
Un saludo.
Advocat Divorci Mataró Mª TERESA ALIBERAS MORROS
Abogado de Mataró especializado en Derecho de Familia
Si el procedimiento está acabado el juzgado es el que da de baja la orden de busca y captura. Aunque es mejor que su abogado se asegure de ello, por si se les ha pasado. Otro tema son los antecedentes policiales que siguen en vigor.
Saludos cordiales.
En principio el juzgado debe dar de baja la busca y captura, pero no está de más que su abogado haga un escrito solicitándolo si no lo ha hecho, para que el juzgado se vea obligado a comprobarlo y hacerlo si no lo ha hecho.
Advocat Girona AC ABOGADOS Y MEDIADORES
Abogado de Girona especializado en Derecho de Familia
Efectivamente, si hay una orden de busca y captura la debe de dar de baja el mismo juzgado. Otra cosa son los antecedente policiales que al ser trámites administrativos los debe cancelar usted.
Buenas tardes, creo que la persona más adecuada para contestarle es su abogado puesto que es él el que conoce exactamente el estado de su procedimiento.
Saludos
Esta dada la busca y captura no los antecedentes policiales.