Orden de alejamiento: cumplimiento por parte de la víctima
ABOGADO ACCIDENTES DE TRÁFICO SEVILLA JOSÉ CARLOS AZNAR LORENTE
Abogado de Sevilla especializado en Responsabilidad Civil
Cuando existe una orden de alejamiento, la persona que tiene que cumplirla no se puede acercar a la persona por la que se le ha puesto la orden ,ni al domicilio ,ni generalmente comunicarse con esta persona por cualquier medio.
Si casualmente se encuentra con la persona que tiene la orden de alejamiento lo que debe hacer es tranquilamente irse y alejarse , no es necesario correr pues se entiende que es fortuito, pero lo mejor es marcharse para evitar problemas y no esperar que sea la otra persona la que se marche.
Distinto es, si la persona a la que usted no se puede acercar, no para de estar donde usted frecuenta o por ejemplo no deja de llamarle.En este caso también recomiendo marcharse , pero se debe denunciar este hecho por ser una conducta de inducción al quebrantamiento de la medida de alejamiento .
La orden de alejamiento impuesta tanto como medida cautelar como en sentencia se ha de cumplir según lo dispuesto en aquéllas. Su incumplimiento es delito por quebrantamiento de condena o medida cautelar. Si su mujer se acerca a ud. en lugares no especificados en la sentencia o auto deberá denunciarla para evitar caer en el delito anteriormente manifestado.
ABOGADO PENAL CÁDIZ NV ABOGADOS
Abogado de Puerto de Santa María especializado en Derecho Penal Económico
La orden vincula a ambos en el sentido de que aunque la medida se la imponen a Vd., ella no puede realizar ningún acto que contribuya a quebrantar la orden. Ella no puede acercarse a Vd. sin problema. De hecho, si ella realiza algún acercamiento que ayude a quebrantar la orden Vd. puede denunciarla. Atte.
Buenas noches,
La orden de alejamiento debe cumplirse por parte del obligado y en este caso la mujer, no debe incitar a su incumplimiento.
Un cordial saludo
Joaquín Lara
Abogado
Julia Rasero Labrador
Abogado de Bormujos especializado en Derecho Penal Común
Los dos tienen obligación de no acercarse el uno al otro, él porque estaría incumpliendo la medida impuesta, y ella porque le estaría induciendo a incumplirla.
Julia Rasero Labrador
Abogado de Bormujos especializado en Derecho Penal Común
Los dos tienen obligación de no acercarse el uno al otro, él porque estaría incumpliendo la medida impuesta, y ella porque le estaría induciendo a incumplirla.
AC ABOGADOS
Abogado de Palencia especializado en Derecho Penal Común
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