Pago deuda ejecución juzgado

Tengo una ejecución del juzgado por una deuda de 605 € de principal y 181 € de intereses, me han retenido ya una devolución de Hacienda de 173€. Ahora me encuentro en condiciones de liquidar esa deuda, ¿tengo que ingresar toda la deuda o descontar lo que ya me ha retenido Hacienda?¿tengo que presentar en el juzgado el justificante de pago para que me desbloqueen el embargo de cuentas etc...?
Gracias

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Abogado Viveiro Minia N. Insua

Abogado Viveiro Minia N. Insua

Abogado de Viveiro

VER PERFIL
Contestado

Buenos días;
Debe de ingresar en el juzgado la diferencia entre el principal más los intereses menos los 173 € que le han retenido de Hacienda, es decir, el importe de 613 €, para ello es mejor que consigne la cantidad en la cuenta del Juzgado, puede solicitar el número de la cuenta en el Juzgado en el que le están tramitando la ejecución, ellos le indicarán el número así como el concepto que será el número del procedimiento. A Continuación, le aconsejo que presente un escrito en el Juzgado aportando el justificante del ingreso.
Espero haberle sido de ayuda.
Para más información no dude en contactarnos.
Un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Alberto Martín Abogados

Alberto Martín Abogados

Abogado de Coruña especializado en Derecho de Familia

VER PERFIL
  • 1 voto útil
Contestado

Efectivamente. Lo que tiene que hacer es ingresar en el Juzgado es toda la deuda (principal + intereses) y restarle los 173 euros. Lo mejor sería que hiciese ese ingreso en la cuenta de consignaciones del Juzgado (el número de la cuenta se lo darán en el Juzgado) y una vez realizado el ingreso acudir nuevamente al Juzgado para ponerlo en su conocimiento inmediato.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
ABOGADO DERECHO INMOBILIARIO A CORUÑA MT ABOGADOS
Contestado

En este caso sería preferible que ingresase la cantidad total adeudada más los intereses (y descontada la cantidad ya embargada) en la cuenta de consignaciones del juzgado, solicitando que se proceda a la liquidación de intereses y devolución del sobrante, en caso de que lo hubiera.
En el mismo escrito puede solicitar el levantamiento de las anotaciones de embargos.
Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Plus
Abogado Divorcio Ferrol Luis Insua Meirás
Contestado

Buenas tardes, debe de ingresar el importe del total reclamado menos la cantidad retenida por Hacienda. Presente el justificante del pago en el Juzgado aclarando que el pago efectuado se corresponde con la cantidad que estaba pendiente de abonar. Para cualquier aclaración puede dirigirse a: linsua@icacor.es

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Contestado

Coincido con la respuesta de mis compañeros, mejor si presenta un escrito adjuntando copia del ingreso y previamente pide en el juzgado la cuenta de consignaciones para hacerlo. Saludos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado