Pago de legítimas: plazos
Abogado Mercantil Mallorca Bufete Estel Matuti
Abogado de Palma de Mallorca especializado en Asesoramiento jurídico a empresas
-
1 profesionales de acuerdo
Buenos días, Vd. puede negociar lo que sea si llegan a un acuerdo, pero obligación de cobrar a plazos no la hay si Vd. no quiere. Pero se la pueden pagar en bienes de la masa patrimonial u otros que no sean de la propia herencia, un saludo
Advocat Divorci Mataró Mª TERESA ALIBERAS MORROS
Abogado de Mataró especializado en Derecho de Familia
No pueden obligarle a aceptar un pago a plazos, ahora en función de la masa hereditaria habrá de valorar si vale la pena llegar a un acuerdo no. Ha de saber que aparte de con dinero también pueden pagarle con bienes de la herencia. Se ha de estudiar y valorar pero obligarle no le pueden obligar a aceptar un pago fraccionado
Buenos días
No tiene por qué aceptar el pago a plazos, si no le pagan la legítima devenga el interés legal, pero para reclamar el pago debe hacerse en los diez años posteriories al fallecimiento.
Si desea información más personalizada, le ofrecemos una primera visita gratuíta.
Saludos
Abogado de Divorcio Rubí Ecumen Advocats
Abogado de Rubí especializado en Derecho de Familia
Como ya sabe es una proporción de la herencia, por tanto la forma de pago la puede elegir el heredero (dinero, bienes de la herencia, o bienes propios de él), pero el pago aplazado si tiene medios suficientes no es aceptable. A menos que lo acuerden.
Puede reclamar el pago de la legítima íntegra en cualquier momento.
Quedamos a su disposición.
No está obligado a aceptar el pago a plazos.
Un saludo.
Advocat Igualada - Josep Font Gabarró – Advocats
Abogado de Igualada especializado en Derecho Civil General
Buenos días,
Puede exigir el pago de la totalidad.