Pago de préstamo hipotecario

Soy divorciado y copropietario de una vivienda, cargada con una hipoteca, con mi exmujer en la que residian ella y mi hijo que actualmente tiene 13 años. Hace un año ella me propuso alquilar dicha vivienda para irse a vivir a otra con su actual pareja sentimental. La vivienda se alquiló por el periodo de un año con renovaciones anuales hasta un maximo de cinco años según la ley de arriendaminetos urbanos. En el contrato de alquiler no figuraba expresamente la posibilidad de volver a ocupar la vivienda por los arrendadores en caso de necesidad y se firmo en Marzo del presente año 2013, antes de la reforma de la ley de arrendamientos con lo cual no se puede aplicar la única razón por la cual el propietario pueda volver a ocuparla.
Mi exmujer, tras un fracaso sentimental, quiere volver a ocupar la vivienda con lo que a partir de esa fecha yo tendría que volver a pagar la mitad del prestamos hipotecario. ¿estoy obligado a seguir pagando la hipoteca aún cuando las consecuencias de todo ello las ha generado ella con decisiones unilaterales? En el convenio regulador figura que en tanto el hijo menor sea menor de edad estoy obligado a pagar la mitad de la hipoteca.
Muchas Gracias

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Abogado de Moralzarzal

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Si el contrato se firmó antes del 6 de junio, y no se estableció por escrito en el mismo cláusula alguna sobre no prorrogar el contrato caso de necesitar ocupar la vivienda el arrendador para sí, no es de recibo que su ex mujer pretenda cancelar el contrato. Debe permanecer el inquilino en la vivienda durante el plazo que tenga por conveniente hasta el máximo de cinco años. Su ex debe buscarse otra vivienda para sí y su hijo, al haber aceptado con la firma del contrato, tal riesgo.
Sobre el pago de la mitad de la hipoteca, es obvio que debe seguir pagándola.
Si su señora promueve al inquilino la rescisión del contrato, coménteselo a su inquilino para que no se marche y si lo precisa, me tiene a su disposición.

Un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
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Habría que estudiar con detenimiento el convenio regulador, pero entiendo que si se dice en el mismo que usted está obligado a pagar la mitad en tanto su hijo sea menor de edad, lo lógico es pensar que está obligado a pagar esa mitad por mucho que la situación sea consecuencias de actos unilaterales de su ex, ya que esto va en beneficio de su hijo, no de la madre, pero insisto en que habría que estudiar el asunto con detenimiento.

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