En qué parte de la escritura figura lo de la cláusula suelo?
Cada escritura es distinta, los modelos los imponen los Bancos. En algunas suele estar en la estipulaación que habla de los "intereses ordinarios" (¿quizá la nº 4?), lo que ocurre es que no hablan de ello como clausula suelo o techo, sino algo así: "una vez transcurrido el iinterés fijo pactado, el interés a aplicar en ningún caso podrá ser superior al 12% nominal anual, ni inferior al 7%, cualquiera que sea la variación que se produzca".
Recuerda que finaliza el plazo para alegar en juicio clausulas abusivas en procesos hipotecarios en marcha, el próximo día 16, y muchos deudores lo ignoran.
Normalmente se inserta en la clausula de "intereses", con una redacción similar a "el tipo de interés aplicable no podrá ser inferior a ....% ni superior a ....%, que se considerarán tipos mínimo y máximo respectivamente"
Salvo mejor opinión.
Condiciones financieras, intereses y dentro de intereses la cláusula suele fijarse en una con numeración xbis.
Ane Miren Magro
Habitualmente vendrá recogido en la escritura después de las cláusulas que rigen el tipo de interés variable o fijo aplicable a la hipoteca.