¿Qué parte de la nómina paga la empresa en una baja laboral?
Durante los 3 primeros días no se abona nada a no ser que el convenio aplicable establezca una mejora de estos días.
A partir del 4 hasta el 15 la empresa abona el 60% de la base reguladora, esta se compone de la base de cotización del mes anterior a la baja dividido 30 Ej: si su base de cotización es de 1000 € y se ha cotizado todo el mes sería 1000/30: 33,33, esta es la base reguladora a la que se aplica el 60% que sería 20 euros.
Desde el día 4 al 15 abonanos 20 euros x 12 días : 240 €.
A partir del 16 día de la baja se abona con cargo a la Seguridad Social, mediante pago delegado, es decir en primer lugar tu pagas la prestación y te lo descuentas en los seguros sociales del mes siguiente.
A esto tenemos que añadir la obligacion de cotizar por el trabajador.
Un saludo
Buenos dias;
En atencion a la pregunta formulada, sin mas datos, siempre que no exista disposicion en contrario mediante convenio, la empresa estaria obligada al abono de la prestacion por IT derivada de contingencia comun, del 4º al 16º dia posterior a la baja, en un porcentaje del 60% de la base de cotizacion.
Poniendose nuestro despacho a su entera disposicion, para la atencion personalizada de este procedimiento u otros ulteriores.
Le saluda atentamente.
Ricardo Condado Gonzalez.